Incendio forestal es, según la definición de Protección Civil, el fuego que se extiende sin control por terreno forestal que no estaba destinado a arder. Según el mismo organismo, de media unos 80 incendios forestales al año afectan a la población, sobre todo por evacuaciones preventivas. Esta guía se basa en fuentes primarias: Protección Civil, 112 Comunitat Valenciana, Ministerio de Sanidad, Consorcio de Compensación de Seguros y BOE. El foco está en las urbanizaciones de la Comunitat Valenciana, pero las reglas nacionales valen para toda España.
En 60 segundos: lo esencial
- Si ve fuego o humo en el monte, llame al 112. Primero la dirección y el municipio. Avisar de un incendio es obligación de todos (Ley 43/2003, art. 45).
- Por defecto, a casa, no al coche. El confinamiento es la medida de protección habitual; la evacuación, solo por orden de las autoridades (PEIF Comunitat Valenciana).
- Cierre la casa: ventanas, puertas, persianas, las rendijas con trapos mojados; corte el gas y los combustibles; las cosas y los documentos, al coche por si hay que salir (112 CV, infografía de Protección Civil).
- Si le ordenan evacuar, salga de inmediato, con calma, por la ruta indicada. No conduzca hacia el humo denso; si se detiene: motor apagado, ventanillas cerradas, túmbese en el suelo del coche (112 CV).
- Humo: FFP2 o N95; la mascarilla quirúrgica y el pañuelo no protegen (Sanidad). Cierre ventanas y ventilación.
- Después: fotos antes de limpiar → aseguradora en 7 días → conservar facturas y restos. El Consorcio no paga el incendio.
Antes: la temporada, las normas y la casa
Dos escalas de peligro
AEMET calcula desde 2026 el peligro de incendio con el nuevo índice IPIF, de seis categorías: muy bajo, bajo, moderado, alto, muy alto y extremo, con una resolución de 1 km. En la Comunitat Valenciana funciona en paralelo su propia escala de nivel de preemergencia según el plan PEIF: nivel 1, peligro bajo-medio; nivel 2, alto; nivel 3, extremo; el nivel se declara a diario para las 7 zonas de la región. En un día de nivel 3 está prohibido cualquier fuego en el monte y en la franja de influencia que lo rodea (112 CV). Dos escalas no son un error: AEMET describe el tiempo; la región, el régimen de restricciones.
Fuego, barbacoas, quema de ramas: las normas son regionales
La Ley 43/2003 de Montes deja la regulación del fuego en el monte y en las zonas colindantes a las comunidades autónomas (art. 44.3) y les encarga también fijar las «épocas de mayor riesgo» (art. 48.4). Protección Civil lo dice directamente: cada autonomía establece las restricciones, su periodo de vigencia y concede las autorizaciones de quemas. No existe un calendario nacional único: busque la orden vigente de su región; las fechas y las normas cambian de un año a otro y pueden prorrogarse. En la Comunitat Valenciana la normativa vigente es el Decreto 91/2023 (lista en la web de GVA Medi Ambient); las normas se aplican al monte y a una franja de hasta 500 m a su alrededor (112 CV).
El mínimo nacional, obligatorio en todas partes (art. 48.6): cuando AEMET o el servicio meteorológico regional prevé un peligro muy alto o extremo, la región debe prohibir de inmediato cualquier fuego al aire libre, suspender todas las autorizaciones de quemas, prohibir el fuego en las áreas de descanso junto a las carreteras, en las zonas recreativas y en los campings, el uso de maquinaria que produzca chispas en el monte y en una franja de 400 m a su alrededor, la introducción y el uso de pirotecnia y arrojar objetos encendidos.
Las sanciones, según la misma Ley 43/2003: incumplir las prohibiciones del art. 48 es siempre infracción grave, de 1 001 a 100 000 € (art. 48.8 y 74.b); si el daño al monte tarda más de 6 meses en recuperarse, muy grave, de 100 001 € a 1 millón € (art. 74.c). El uso del fuego en el monte en «condiciones, épocas, lugares» no autorizados es una infracción aparte (art. 67.d); sin daño, leve, de 100 a 1 000 € (art. 68 y 74.a). Las regiones pueden elevar las sanciones (art. 48.9), y todo ello «sin perjuicio del Código Penal».
Para el jardín: el 112 Comunitat Valenciana recuerda que quemar restos de jardinería no está permitido; la infografía de Protección Civil: no queme hojas ni restos en días calurosos y de viento, ni sin autorización.
Urbanización: qué deben hacer los propietarios y la comunidad
- Plan de autoprotección. Según Protección Civil, las urbanizaciones, los núcleos de población, los campings y otras instalaciones en zonas de peligro (las define la región) están obligados a elaborar un Plan de Autoprotección; lo aprueba el ayuntamiento y lo integra en el plan local de emergencias. Pregunte en su comunidad y en el ayuntamiento: si existe el plan, dónde están las vías de evacuación y el punto de encuentro.
- Franja de protección y limpieza. La Ley 43/2003 (art. 44.3) encarga a las regiones las normas de seguridad para la «interfase urbano-forestal». Los requisitos concretos de la franja alrededor del núcleo y de las parcelas están en la normativa regional (en la Comunitat Valenciana, el Decreto 91/2023) y en el ayuntamiento; no hay una anchura nacional única y no la citamos.
- Qué hacer en la parcela (112 CV e infografía de Protección Civil): caminos, accesos y cunetas sin hierba seca; calles y casas con rótulos legibles; retirar las ramas sobre el tejado y junto a la chimenea; tejado sin hojas ni ramas; mallas cortachispas en chimeneas y paelleros; cuadros eléctricos, bombonas de gas y combustibles en el exterior sobre hormigón o sobre suelo sin vegetación; conocer las vías de evacuación.
Al inquilino: las obligaciones sobre la parcela recaen en el propietario y la comunidad, pero el plan de evacuación y el punto de encuentro tiene que conocerlos usted: pregúntelo al entrar a vivir. Sobre el contrato y la responsabilidad por la vivienda, vea la guía sobre alquilar un piso.
Plan familiar y kit de 72 horas
Protección Civil ofrece el formulario Plan Familiar de Emergencias con un kit básico de 72 horas: cargador portátil, linterna, radio, pilas, agua embotellada, comida no perecedera, medicamentos habituales; guárdelo en un lugar visible de la casa. El formulario tiene un bloque «datos de las mascotas»: nombre, especie y raza, color, número de registro. La guía ciudadana de la Generalitat Valenciana añade: documentos, mapa en papel, silbato, botiquín, efectivo, baterías externas, navaja. El 112 CV, para urbanizaciones: documentos y objetos importantes, al coche con antelación, por si hay que salir.
De nuestra parte, además: fotos de la TIE, el pasaporte, el contrato de alquiler y el padrón en el teléfono y en la nube. Es un consejo nuestro, no un requisito oficial.
ES-Alert y otros canales de aviso
ES-Alert es la versión española de EU-Alert sobre tecnología Cell Broadcast: el mensaje sale de las antenas a todos los teléfonos de la zona de cobertura; Protección Civil lo llama «112 inverso» y cita los incendios forestales entre los fenómenos de los que avisa el sistema. Hechos según la página de Protección Civil:
- No hace falta registrarse ni instalar una app. El sistema no accede a su localización.
- Idioma: castellano y, en su caso, la lengua cooficial de la comunidad. El centro puede añadir un segundo idioma, «generalmente inglés», que verá el teléfono configurado en un idioma distinto del español. El ucraniano y el ruso no están previstos.
- Llega con el teléfono bloqueado, en silencio y en «no molestar». Un teléfono apagado o sin cobertura no la recibe.
- Desactivar la alerta de nivel «Alerta de Protección Civil» no es posible. El nivel «Pre-Alerta» sí puede desactivarse en los ajustes.
- Técnica: funciona en redes 4G y 5G. Los teléfonos con Android 8 o anterior no reciben las alertas; en Android 11 o superior y en iOS 15.6 o superior viene configurado automáticamente.
- Al recibirla: mantenga la calma, lea el texto, avise a quienes estén cerca, siga las instrucciones, esté atento a radio y TV.
Confirmación oficial de que ES-Alert se envía en cada confinamiento no la encontramos. El folleto catalán enumera otros canales de aviso: altavoces desde los vehículos de la policía y los servicios de emergencia, sobre todo en urbanizaciones, y el aviso personal, puerta a puerta o por teléfono. Esté atento también a la radio y al 112 de su región.
Si su teléfono está en ucraniano
Verá el texto en castellano y, solo si el centro decidió enviarlo, en inglés. Apunte con antelación unas palabras: incendio forestal, confinamiento / no salga (quédese en casa), evacuación, humo, cierre puertas y ventanas, punto de encuentro. Junto al mensaje suele figurar el nombre del municipio: compárelo con el suyo.
Durante: confinamiento o evacuación
Quién decide y qué significan las palabras
El plan valenciano PEIF formula la regla así: en un incendio forestal la medida de protección habitual es el confinamiento, y solo por indicación de las autoridades se procede a la evacuación. Tres términos del plan:
- Confinamiento: refugio de la población en sus propias casas, complementado con medidas de autoprotección personal.
- Alejamiento: traslado de la población desde posiciones expuestas a lugares seguros, normalmente poco distantes, por sus propios medios.
- Evacuación: medida más duradera, que se aplica cuando el peligro es grande; es posible una evacuación preventiva por humo abundante.
La orden de confinamiento, alejamiento o evacuación la da el director del plan a propuesta del mando en el lugar (Puesto de Mando Avanzado) o del alcalde del municipio afectado. El folleto oficial catalán (otra región, pero la misma lógica) explica la elección con más claridad que nadie: refúgiese en casa si el fuego ya ha llegado a la casa, avanza muy deprisa o la evacuación es peligrosa; sin otras indicaciones de las autoridades, es lo más seguro; evacúe de forma planificada cuando las autoridades hayan determinado que el fuego está lejos y el camino es seguro; primero los niños, las personas mayores, las personas con problemas respiratorios y con ansiedad. El mismo folleto aconseja preparar la evacuación cuando el fuego está a menos de 2 km de la casa: es una referencia catalana, no una regla para toda España.
¿Está obligado a obedecer la orden de evacuación?
La Ley 17/2015 dice que, una vez producida la emergencia, los ciudadanos deben actuar conforme a las indicaciones de los agentes de los servicios competentes (art. 7 ter) y cumplir sus órdenes e instrucciones (art. 7 bis). Las sanciones por negarse no las hemos verificado en esta guía. En la práctica: los bomberos y la policía ven el frente del fuego y las carreteras; usted, no. Si le ordenan salir, salga.
Confinamiento: en casa
Paso a paso según el 112 Comunitat Valenciana y la infografía de Protección Civil «Incendio en las cercanías de una casa de campo»:
- Llame al 112 si el incendio está cerca y puede que aún no lo hayan comunicado.
- Todos dentro de casa: toda la familia y los animales domésticos (folleto de la Generalitat de Catalunya).
- Cierre puertas, ventanas y persianas, retire las cortinas (112 CV); tape con trapos mojados las rendijas al exterior (infografía de Protección Civil).
- Corte el gas y otros combustibles (112 CV); la infografía de Protección Civil: todos los suministros. No eche agua donde pueda haber cables eléctricos.
- Si hay tiempo, aleje de la casa todo lo combustible, incluidos los muebles de jardín (112 CV).
- Haga acopio de agua: llene la bañera y los lavabos (112 CV).
- Mangueras. El 112 CV y la infografía de Protección Civil aconsejan dirigir mangueras abiertas hacia el tejado y el entorno de la casa; el folleto catalán matiza que estas medidas activas son solo para adultos capaces de hacer frente al incendio. Para nosotros es una opción para quien pueda hacerlo con seguridad, y nunca un motivo para no cumplir una orden de evacuación.
- Ropa: de algodón, que cubra la mayor parte posible de la piel; si tiene que salir, mójela con agua (112 CV).
- Manténgase comunicado: puede cortarse la luz; radio, teléfono (112 CV). Sin orden de evacuación no se recomienda abandonar la casa (infografía de Protección Civil).
- Documentos y objetos de valor, al coche, para salir de inmediato si hace falta (112 CV).
Evacuación
- Salga de inmediato si así lo indican la policía o los servicios de emergencia, con calma y de forma organizada (112 CV). La ruta, la indicada; conviene conocerla de antemano por el plan de la urbanización.
- Si no le da tiempo a salir, comunique a las autoridades dónde está (112 CV) y pase a los pasos del confinamiento de arriba.
- Primero, los niños, las personas mayores, las personas con problemas respiratorios y con ansiedad (folleto de la Generalitat de Catalunya).
- De nuestra parte: el kit de 72 horas, los documentos y las mascotas en el transportín van con usted. Es un consejo nuestro, no una instrucción oficial.
En el coche
Según el 112 Comunitat Valenciana:
- No conduzca a ciegas a través del humo denso; encienda las luces y los intermitentes de emergencia.
- Si tiene que detenerse, busque un lugar donde el suelo no tenga vegetación y apague el motor.
- Cierre las ventanillas y la ventilación y túmbese en el suelo del coche.
- Si tiene que salir, cúbrase con la ropa la mayor parte posible de la piel.
Sobre el coche con matrícula extranjera y el seguro, vea la guía sobre el coche con matrícula extranjera.
A pie, si el fuego le sorprende fuera
Infografía de Protección Civil «En las proximidades de un incendio» y 112 CV:
- Avise urgentemente al 112. Un fuego muy pequeño que empieza se puede intentar apagar; la prioridad siempre es su seguridad.
- Si el fuego es más serio, aléjese en dirección contraria al humo. Respire por la nariz, cubriéndola con un paño mojado: es una técnica para huir del fuego, no una protección contra el humo (vea la sección sobre la salud).
- No busque refugio en zonas profundas y baje por la pendiente: así lo aconseja la infografía de Protección Civil. Las fuentes aquí difieren: el 112 CV, al contrario, dice que si el fuego le ha cercado se refugie en hoyos o arroyos, echándose al suelo detrás de una gran roca, un tronco o una depresión; el folleto catalán aconseja evitar las pendientes y los valles estrechos. No hay una regla única: oriéntese por el terreno ya quemado y por las indicaciones de los servicios de rescate. No corra cuesta arriba si no conoce allí un lugar seguro; evite los depósitos de agua elevados: se calientan (112 CV).
- No intente cruzar las llamas: puede quedar atrapado. Si no hay otra salida, cruce donde el frente sea más débil.
- Si el fuego le alcanza, sitúese en terreno ya quemado, de espaldas al viento.
- Si se le prende la ropa, no corra: tírese al suelo y ruede, cúbrase con una manta si la tiene.
A quién llamar: 112
El 112 es el número único de emergencias. En la Comunitat Valenciana el centro 112 no moviliza recursos directamente: recibe, coordina y transmite la llamada. Según su página, la atención se presta en castellano, valenciano y «varios idiomas»; la nota de prensa de la GVA cita inglés, francés y alemán.
El ucraniano en el 112 no lo hemos confirmado
En 2022 el 112 valenciano activó un servicio temporal para los refugiados ucranianos en su propia lengua. Que siga operativo hoy no lo dice ninguna página oficial. Por eso no cuente con el ucraniano: primero la dirección y el municipio, luego qué ocurre en pocas palabras («incendio forestal», «humo», «persona atrapada», «urbanización») y cuántas personas. Hable despacio. Si hay alguien cerca que hable español o inglés, pásele el teléfono.
Humo: la salud según las recomendaciones de Sanidad
El Ministerio de Sanidad publicó en 2026 las primeras «Recomendaciones sanitarias en situaciones de incendios forestales» de ámbito nacional. Lo principal:
- Permanezca en el interior, si es seguro, y no abra las ventanas ni ventile con aire del exterior. Cierre toda la ventilación de la casa: chimeneas, campana extractora, rejillas de ventilación. Mantenga la casa fresca; si es posible, en una estancia con aire acondicionado.
- Mascarilla FFP2 o N95, cuando esté indicado. Las mascarillas quirúrgicas y los pañuelos no son una protección fiable frente a las partículas del humo; las FFP2 con carbón activado protegen también de los gases.
- No barra ni sacuda el polvo: solo trapos húmedos.
- En la calle: no permanezca al aire libre ni se acerque a la zona del incendio (sobre todo a menos de 300 m); reduzca el esfuerzo físico; limite los desplazamientos innecesarios; al volante de día, encienda las luces.
- Grupos de riesgo: personas mayores, niños, embarazadas, personas con enfermedades crónicas.
- A urgencias si hay dificultad para respirar, sensación de falta de aire, dolor en el pecho, pulso acelerado, quemaduras. Primeros auxilios en una quemadura, según la nota de prensa de Sanidad: agua fría corriente durante 20–30 minutos.
Un paño mojado no protege del humo
La infografía de Protección Civil aconseja, al huir del fuego, respirar por la nariz a través de un paño mojado; Sanidad escribe que los pañuelos y las mascarillas quirúrgicas no protegen de las partículas del humo. No es una contradicción, sino dos situaciones distintas: el paño mojado es para unos minutos de huida de las llamas; la FFP2, para horas y días en aire con humo. No sustituya una cosa por la otra.
Mascotas y animales: qué dicen las fuentes oficiales
Con honestidad: no encontramos una instrucción oficial paso a paso para evacuar animales domésticos en un incendio forestal, ni en Protección Civil, ni en el 112 Comunitat Valenciana, ni en la guía de Sanidad. Lo que hay en los textos oficiales:
- Folleto de la Generalitat de Catalunya: en el confinamiento, meta en casa a toda la familia y a los animales domésticos.
- El formulario Plan Familiar de Emergencias de Protección Civil contiene el bloque «datos de las mascotas»: nombre, especie y raza, color, número de registro.
- Ley 7/2023 (art. 21): los planes de protección civil deben contener medidas de protección de los animales.
- El 112 Comunitat Valenciana informó en diciembre de 2021 de que la agencia AVSRE desarrollará un protocolo de evacuación de animales en emergencias, incluidas las mascotas; el texto publicado no lo encontramos.
Nuestros propios consejos, no oficiales: el transportín y la correa, junto a la puerta y no en el trastero; el pasaporte del animal, la cartilla de vacunación y el número de chip, en el kit de 72 horas; una foto del animal en el teléfono; agua y comida para varios días. Si evacúa en su propio coche, la mascota va con usted en el transportín. Sobre los documentos del animal, vea la guía sobre mudarse con mascota.
Después: los primeros 7 días
Vuelva solo con permiso de las autoridades
Ventile cuando las autoridades digan que el aire exterior está limpio (Sanidad); fotografíe todo antes de limpiar.
Avise a la aseguradora
En 7 días desde que conoció el daño, o en el plazo de su póliza (Ley 50/1980, art. 16); anote el número de expediente.
Ceniza, comida, agua
Retire la ceniza con un trapo húmedo, no barra; no coma alimentos que hayan estado en el humo o la ceniza; el agua, según las indicaciones de las autoridades sanitarias.
Conserve lo dañado y las facturas
Los restos, hasta la visita del perito; si no es posible, fotos; las facturas de alojamiento y gastos urgentes, para la cobertura de inhabitabilidad.
Sin seguro: solicite en el plazo de un mes
La ayuda se fija para cada episodio por separado, pero el plazo no espera al decreto: la solicitud del RD 307/2005, en la Delegación o Subdelegación del Gobierno en el plazo de 1 mes contado desde el día siguiente a la terminación del episodio (art. 7.1).
Según Sanidad, tras el incendio: ventile la casa solo cuando el incendio esté controlado y las autoridades hayan confirmado la calidad del aire exterior; retire la ceniza en húmedo; no coma productos que hayan estado en el humo o la ceniza; beba agua según las indicaciones de las autoridades sanitarias, evitando fuentes fuera de la red de abastecimiento; para apoyo psicológico, acuda al centro de salud.
El dinero: por qué el Consorcio no paga y la aseguradora sí
Consorcio: solo las lesiones de quienes apagaron el fuego
La diferencia principal con la inundación (vea la guía sobre inundaciones y DANA): el incendio no es un riesgo extraordinario. En la lista del Consorcio de Compensación de Seguros figuran inundaciones, terremotos, tsunamis, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caída de meteoritos; la palabra «incendio» no aparece en la página de coberturas. En su nota sobre incendios forestales, el Consorcio lo dice directamente: asegura las lesiones corporales de las personas que participaron en la extinción; el resto de los daños, materiales y personales, los cubren las aseguradoras privadas, si existe un contrato que cubra ese riesgo. Lo mismo dice la Ley 43/2003 (art. 49.1): a través del Consorcio, el Estado garantiza las indemnizaciones por accidentes exclusivamente a las personas que ayudaron a apagar el incendio. Este seguro es compatible con cualquier póliza privada y con cualquier ayuda pública.
Seguro de hogar: qué dice la Ley 50/1980
El contrato de seguro contra incendios lo regula la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro:
- Definición (art. 45): el asegurador se obliga a indemnizar los daños producidos por incendio en el objeto asegurado; incendio es la combustión con llama, capaz de propagarse, de objetos que no estaban destinados a ser quemados en ese lugar y momento.
- Qué incluye (art. 46): los objetos de uso ordinario del asegurado, de su familia y de las personas que viven con él. Sin pacto expreso no se incluyen: títulos valores, billetes, piedras y metales preciosos, objetos de arte y otros objetos de valor.
- Cuándo se paga (art. 48): en un incendio por caso fortuito, por malquerencia de extraños, por negligencia propia del asegurado o de las personas de las que responde. No se paga si el incendio se origina por dolo o culpa grave del propio asegurado.
- Qué exactamente (art. 49): los daños directos del fuego y las consecuencias inevitables del incendio, en particular los daños por las medidas de las autoridades o del propio asegurado para cortar y extinguir el incendio, los gastos de traslado de los objetos para salvarlos y el valor de los objetos desaparecidos, si se prueba que existían.
Este es el marco de la ley. Si una póliza concreta cubre el incendio forestal y con qué límites lo determina la propia póliza: compruebe el apartado «incendio», las sumas de continente y contenido y pregunte a la aseguradora antes de la temporada. La asociación de aseguradoras UNESPA (fuente sectorial, no oficial) escribe que las pólizas multirriesgo de hogar incluyen la cobertura de incendio y de los daños por humo, los gastos de extinción y los trabajos posteriores: traslado de bienes, desescombro, reposición de documentos oficiales destruidos (escrituras, DNI); puede haber una cláusula de inhabitabilidad, por eso guarde las facturas. La misma UNESPA matiza: la decisión de las autoridades de confinar o evacuar que haya parado una actividad, sin daño material directo, no está cubierta; en coches, el incendio está cubierto con póliza a todo riesgo; en los demás casos, consulte la póliza.
| Su situación | Dónde mirar | | ---------------------------------------- | ----------------------------------------------------------------------------------------------- | | Propietario con multirriesgo del hogar | apartado «incendio» de la póliza: continente, contenido, límites, inhabitabilidad | | Inquilino con póliza de contenido | sus bienes, por su póliza; paredes e instalaciones, la póliza del propietario o de la comunidad | | Inquilino sin póliza | por los bienes no paga nadie; el Consorcio no paga el incendio: no es un riesgo extraordinario | | Coche a todo riesgo | incendio cubierto (UNESPA) | | Coche solo a terceros | consulte la póliza (UNESPA) | | Ayudó a apagar el fuego y resultó herido | el Consorcio como asegurador de accidentes en incendios forestales (Ley 43/2003, art. 49.1) |
Plazos y obligaciones
- Comunicar el daño: en el plazo de 7 días desde que lo conoció, si la póliza no fija uno mayor (Ley 50/1980, art. 16); si lo incumple, el asegurador puede reclamar los daños causados por el retraso. UNESPA escribe que no hay prisa: puede comunicarse cuando el incendio esté apagado y el acceso a la casa sea seguro. Nosotros aconsejamos atenerse a la ley, 7 días o el plazo de la póliza, y, por si acaso, avisar a la aseguradora al menos con un mensaje breve.
- Aminorar el daño (art. 17): el asegurado debe emplear los medios razonables para salvar los bienes; los gastos corren a cargo del asegurador dentro de los límites del contrato.
- Anticipo mínimo (art. 18): en el plazo de 40 días desde la recepción de la declaración, el asegurador debe pagar el importe mínimo que con seguridad debe.
Si no hay seguro: las ayudas públicas
Quien no está asegurado no tiene un derecho directo a indemnización. La Ley 17/2015 dice que todos los residentes en España tienen derecho a ser atendidos por las Administraciones en caso de catástrofe (art. 5.1), y que las medidas de recuperación son ayuda, no indemnización (art. 20.3). Al mismo tiempo, el art. 21.1 exige que los daños materiales se refieran a bienes «que cuenten con la cobertura de un seguro público o privado», y la ayuda es compatible con las indemnizaciones del seguro, pero sumadas no pueden superar el valor del daño (art. 21.2). Lo que existe realmente:
- La declaración de «zona afectada gravemente». El Consejo de Ministros puede declarar la zona afectada (art. 23) y aprobar las medidas del art. 24.1: ayudas a particulares por la vivienda habitual y los enseres de primera necesidad, ayudas a establecimientos, por daños en producciones agrícolas, ganaderas y forestales, préstamos preferenciales y avales del ICO. La redacción es «se podrán»: el paquete de medidas es distinto cada vez, las cuantías y las condiciones se aprueban para cada episodio concreto, por eso no las citamos aquí.
- La línea general del RD 307/2005. Ayuda por la vivienda habitual, el lugar de residencia efectiva, permanente y continuada de la familia (art. 15); en caso de destrucción total o daños estructurales, en la familia debe haber un propietario o usufructuario; con daños menores, quien por su título de ocupación esté obligado a asumir su coste (según nuestra lectura, esto puede incluir al inquilino: confírmelo). Comprobación de ingresos según el IPREM (art. 16). La solicitud, en la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la provincia en el plazo de 1 mes contado desde el día siguiente a la terminación del episodio (art. 7.1): no espere al decreto de zona afectada, el plazo corre desde el propio incendio.
- El ejemplo de 2026, en una línea. El Real Decreto-ley 20/2026 introdujo medidas para los trabajadores afectados por evacuaciones, confinamientos o restricciones de acceso: suspensión del contrato con una prestación especial, consulta notarial gratuita para reponer documentos destruidos, certificados registrales gratuitos sobre inmuebles. Rige para los incendios que dieron lugar a medidas de protección civil, desde el 22 de julio de 2026 y hasta que concluya la campaña de peligro alto de 2026 (art. 1.1 y disposición transitoria); para un episodio posterior, consulte las medidas vigentes en el BOE.
Extranjeros y protección temporal: la ley calla
Ni la Ley 17/2015, ni el RD 307/2005, ni el RDL 20/2026 mencionan la nacionalidad ni la situación migratoria, ni como requisito ni como exclusión. No afirmamos ni que «los beneficiarios de protección temporal tienen derecho» ni que «no lo tienen»: la ayuda es discrecional y se fija para cada episodio por separado. En la práctica: tenga al día el empadronamiento, el contrato de alquiler y el contrato de trabajo, los documentos con los que se acreditan la residencia y el daño, y presente la solicitud en plazo; decidirá la Administración.
Documentos perdidos
- Permiso de conducir y documentación del coche. Tras la declaración de «zona afectada gravemente», el Consejo de Ministros puede eximir de las tasas de la DGT por la baja del vehículo y por los duplicados del permiso de circulación y del permiso de conducir destruidos por la catástrofe (Ley 17/2015, art. 24.2.a.5º), solo si adopta esa medida.
- TIE, NIE, pasaporte. Una exención de tasas por estos documentos tras un incendio no la encontramos en la ley. El procedimiento del duplicado de la TIE (formulario EX17, tasa 790/012) está descrito en la guía sobre inundaciones y DANA: es el mismo.
- La póliza puede pagar la reposición de documentos. UNESPA: las pólizas de hogar suelen cubrir la «reposición de documentos públicos», escrituras, DNI. Compruebe la suya.
- Padrón. La inscripción no desaparece: el nuevo certificado se solicita al ayuntamiento; vea la guía sobre el empadronamiento.
Lo que no pudimos confirmar
- 112 en ucraniano: no hay página oficial que diga que el servicio de 2022 sigue operativo.
- ES-Alert en ucraniano: no está prometido; y no hay confirmación oficial de que ES-Alert se envíe en cada confinamiento.
- Evacuación de mascotas: no encontramos normas oficiales paso a paso; el protocolo valenciano está anunciado, el texto publicado no se ha encontrado.
- Anchura de la franja de protección y normas valencianas exactas: el texto del Decreto 91/2023 solo nos fue accesible a través de un espejo secundario, y la página del 112 CV está fechada en 2022; por eso no citamos la anchura de la franja ni las fechas de las prohibiciones.
- Si cada póliza de hogar cubre el incendio forestal: depende de la póliza; no encontramos una página oficial del regulador sobre incendios.
- Plazo para avisar a la aseguradora: la ley habla de 7 días, UNESPA dice que no hay prisa; nosotros aconsejamos la ley.
- Ayudas públicas a extranjeros y beneficiarios de protección temporal: la ley calla; la contradicción entre el art. 21.1 de la Ley 17/2015 y el carácter subsidiario de la ayuda no la hemos resuelto.
- Sanciones por negarse a evacuar y cuantías regionales de las multas por fuego (Comunitat Valenciana): no las verificamos.
Errores frecuentes
- Salir por su cuenta a través del humo «antes de que sea tarde». La medida habitual es el confinamiento; la evacuación, por orden o cuando las autoridades hayan confirmado una ruta segura.
- Quedarse regando el tejado cuando han ordenado salir. La manguera es una opción para quien pueda hacerlo con seguridad; la orden de evacuación es una obligación.
- El pañuelo mojado «contra el humo». Es una técnica para huir del fuego; de las partículas del humo protege la FFP2.
- Quemar ramas y hojas en verano o en un día de viento. En la Comunitat Valenciana no está permitido quemar restos de jardinería; en un día de nivel 3 está prohibido cualquier fuego; la multa es leve, de 100 a 1 000 € sin daño, y por incumplir la prohibición en un día muy alto o extremo, grave, de 1 001 a 100 000 €.
- Esperar el pago del Consorcio por la casa quemada. El Consorcio paga solo las lesiones de quienes apagaron el fuego; la casa, su póliza.
- Alquilar una casa en el monte sin póliza de contenido. Sin póliza, por los bienes no paga nadie.
- Tirar lo quemado antes del perito y retrasar el aviso. Los restos se conservan hasta la visita; a la aseguradora, en 7 días.
- Volver a casa antes del permiso de las autoridades. El aire y las estructuras los comprueban ellos, no usted.
Este artículo tiene carácter informativo y describe las reglas generales; las prohibiciones regionales de fuego se actualizan cada temporada, y las medidas de ayuda tras un incendio concreto se aprueban por decretos específicos y cambian cada vez: consulte proteccioncivil.es (ES-Alert, autoprotección), 112cv.gva.es (Comunitat Valenciana), la web de su autonomía (normas sobre el fuego), consorseguros.es y el BOE. Los hechos se verificaron en estas fuentes el 3 de octubre de 2026. Si necesita un abogado o gestor que hable ruso o ucraniano, consulte nuestro directorio verificado.