Estatus de protección temporal — verificado el 15-08-2026
- La protección temporal de la UE está prorrogada hasta el 4 de marzo de 2028 (Decisión de Ejecución (UE) 2026/1912 del Consejo, adoptada el 30.07.2026, en vigor desde el 05.08.2026) — es un acto ya adoptado, no una propuesta.
- La tarjeta TIE española es válida automáticamente hasta el 4 de marzo de 2027 (Orden INT/96/2026). No es necesario solicitar una nueva tarjeta.
- La Orden española específica que prorrogue las propias tarjetas hasta 2028 aún no se ha publicado en la fecha de esta verificación — siga el BOE y Ucrania Urgente.
- La fecha impresa en el plástico de la tarjeta (puede figurar 2025/2026) no tiene relevancia — guíese por los plazos indicados arriba, no por lo impreso.
Información, no asesoramiento jurídico
Citamos solo lo que está escrito en los textos de la Decisión del Consejo de la UE, en las aclaraciones de la Comisión Europea, en las páginas de los ministerios españoles y en los recursos oficiales ucranianos, e indicamos de dónde sale cada formulación. Donde las fuentes discrepan o callan, lo decimos abiertamente y no lo inventamos. Tu caso lo resuelve la Oficina de Asilo y Refugio con tus documentos; en una situación compleja, acude a un abogado de extranjería.
En una sola semana de octubre de 2026 esta pregunta, con distintas formulaciones, nos apareció más de veinte veces en los grupos de Telegram de ucranianos en España: «¿necesita una chica un certificado de que no está obligada al servicio militar?», «¿darán la protección sin Reserv+?», «el sello de salida es antiguo, ¿qué hago?». Abajo, las respuestas según las fuentes primarias. Cómo es la presentación en sí, dónde atienden y qué pasa tras la resolución está en la guía «Protección temporal en España 2026: cómo solicitarla»; si te trasladas desde Polonia u otro país de la UE, en la guía sobre el cambio de país de protección temporal.
Qué exige exactamente la ley
El Consejo de la UE adoptó la Decisión (UE) 2026/1912 el 30 de julio de 2026; se publicó en el Diario Oficial el 4 de agosto y entró en vigor el 5 de agosto de 2026. El artículo 1 prorroga la protección temporal hasta el 4 de marzo de 2028. El artículo 2 introduce una nueva condición: la protección «se concederá únicamente a las personas que hayan cumplido sus obligaciones militares en Ucrania, previa presentación, cuando proceda, de pruebas justificativas».
Fechas corregidas el 5 de agosto de 2026: las citas antiguas están desfasadas
En el texto publicado originalmente constaba: el artículo 2 se aplica desde el 31 de julio de 2026, y la excepción rige para quienes tenían la protección hasta el 30 de julio de 2026 inclusive. La corrección de errores publicada el 5 de agosto de 2026 (BOE DOUE-L-2026-81267) sustituyó ambas fechas: el artículo 2 se aplica desde el 5 de agosto de 2026, y la excepción es para quienes tenían la protección en el país en cuestión el 4 de agosto de 2026 inclusive. El comunicado de la embajada de Ucrania de 12 de agosto de 2026 y muchos resúmenes en los chats citan las fechas originales. Para quien solicita ahora esto no cambia nada: la condición rige.
A quién no afecta el artículo 2 (segundo párrafo del artículo en la redacción corregida): a quienes «disfrutan de protección temporal en el Estado miembro en cuestión el 4 de agosto de 2026 inclusive y mantienen esa protección de forma ininterrumpida en ese Estado miembro después de esa fecha». La excepción está vinculada al país: la protección que tenías en Polonia, Alemania o Chequia no cuenta en España.
Qué dice el preámbulo:
- Considerando 17: la protección se concede únicamente a quienes pueden presentar a las autoridades pruebas del cumplimiento, «cuando proceda», de sus obligaciones militares; el requisito se aplica desde la entrada en vigor de la Decisión.
- Considerando 18: las autoridades deben poder comprobar rápidamente que la persona tenía derecho a salir legalmente de Ucrania. «El cruce legal de la frontera al salir del territorio de Ucrania o la existencia de un sello de salida en el pasaporte» constituyen esa prueba. Si la legalidad de la salida no se puede acreditar, a la persona «se le debe exigir» que presente «un documento oficial fácilmente verificable, en papel o en formato electrónico, por ejemplo en la aplicación Reserv+», que acredite la exención de las obligaciones militares o su cumplimiento. «La carga de la prueba debe recaer en la persona que solicita la protección temporal».
- Considerando 20: los ciudadanos de Ucrania no sujetos a reclutamiento pueden tener obligaciones militares «con independencia de la edad o el género», porque se alistaron voluntariamente o por obligaciones relacionadas con la actividad militar.
- Considerando 8: recuerda aparte que la deserción y la evasión del servicio militar no son por sí mismas motivo de protección internacional (asilo).
El artículo 2 es la única norma de aplicación directa; todo lo demás (los 90 días, el contenido del documento, la traducción) sale de las aclaraciones de la Comisión Europea, de las que hablamos abajo.
Los dos niveles de comprobación según el FAQ de la Comisión Europea
En agosto de 2026 (el archivo está fechado el 18 de agosto) los servicios de la Comisión Europea publicaron un FAQ sobre cómo pueden las autoridades nacionales realizar la comprobación del artículo 2. El propio documento advierte de que refleja la interpretación de los servicios de la Comisión, no prejuzga la interpretación de los tribunales de la UE y «no afecta a la competencia ni a la legislación de Ucrania en materia de obligaciones militares». No es ley, pero es precisamente lo que siguen las autoridades nacionales.
Un detalle que confunde al leer
El FAQ cita el «considerando 16» como fuente de la jerarquía de pruebas, mientras que en el texto publicado de la Decisión esa formulación está en el considerando 18. El contenido coincide literalmente; el número del FAQ, por lo que parece, quedó del proyecto de texto.
Primer nivel: el sello de salida
La persona que cruzó legalmente la frontera exterior de la UE desde Ucrania o tiene en el pasaporte un sello de salida estampado por los guardias de frontera ucranianos tiene derecho a la protección. A continuación el FAQ divide los países en dos grupos:
- Países que limitan con Ucrania (Polonia, Eslovaquia, Hungría, Rumanía): basta el propio hecho del cruce legal de la frontera por un puesto fronterizo; la comprobación a la salida según el derecho ucraniano ya la hicieron las autoridades ucranianas, y el país puede razonablemente presumir que la persona salió legalmente.
- Países que no limitan con Ucrania, entre ellos España: basta el sello de salida en el
pasaporte. Pero el FAQ añade tres cosas importantes:
- los pasaportes de los ciudadanos de Ucrania sistemáticamente no se sellan, por lo que a quienes van a pedir protección se les aconseja pedir el sello de salida a los guardias de frontera ucranianos;
- la fecha del sello debe ser, «por regla general», no anterior a 90 días antes de la solicitud de protección; esto está vinculado al derecho de circulación sin visado por Schengen;
- esto «no priva al solicitante de la posibilidad de demostrar que el plazo no se cumplió por circunstancias excepcionales».
Los 90 días no salen de la Decisión, sino del FAQ
En el texto de la Decisión no hay plazo, ni en los artículos ni en el preámbulo. Los 90 días son una posición operativa de los servicios de la Comisión. A 17 de octubre de 2026 no se ha publicado ningún documento español que adopte o precise ese plazo. Por eso «un sello de más de 90 días» no es una denegación automática, sino un motivo para explicar las circunstancias o pasar al segundo nivel.
Segundo nivel: documento de exención o de cumplimiento
El segundo nivel se activa cuando la autoridad tiene dudas de que la persona saliera legalmente: el FAQ pone ejemplos, como el cruce no autorizado de la frontera exterior de la UE, la falta de pasaporte válido o la declaración de que es imposible obtener el sello de salida. Entonces la autoridad «debe solicitar» documentos alternativos, y el FAQ considera suficientes:
- un certificado o documento oficial que acredite que la persona está exenta de las obligaciones militares. Ese documento «está disponible en la aplicación Reserv+», desarrollada por las autoridades ucranianas;
- contenido mínimo: nombre, apellido, fecha de nacimiento, si la persona está exenta de las obligaciones militares y, en caso afirmativo, el plazo de validez de la exención. Los datos incompletos, sobre todo sin una respuesta clara de si la persona está exenta o no, el país puede considerarlos insuficientes;
- forma: en papel o electrónica, a petición de la autoridad; la autoridad conserva copia del documento y de la traducción;
- idioma: el documento solo existe en ucraniano, por lo que se aconseja a los solicitantes pedir con antelación una traducción jurada al inglés o al idioma del país, a través de las autoridades ucranianas antes de salir o del consulado de Ucrania en el país de estancia. A las autoridades, a su vez, se les recomienda usar herramientas de traducción en la comprobación;
- otros documentos sí puede presentarlos el solicitante, si muestran claramente que salió legalmente cumpliendo sus obligaciones militares; decidir si se aceptan y si son suficientes corresponde a la autoridad nacional.
A quién no se comprueba en absoluto
- Beneficiarios actuales en el mismo país: el FAQ (sección II) lo dice expresamente: no se les deben pedir documentos sobre la salida legal.
- Quien obtuvo la protección sin comprobación la conserva sin comprobaciones repetidas, aunque cambien las circunstancias. El FAQ pone un ejemplo: un hombre de 22 años obtuvo la protección; cuando cumpla 23 y según las reglas ucranianas vigentes pase en principio a estar sujeto a obligaciones militares, no se le retira el estatus.
- Quien ya presentó la solicitud pero aún no obtuvo la protección en la fecha de entrada en vigor de los nuevos criterios (sección IV): no se le deben exigir pruebas si la causa del retraso no dependía de la persona.
Dos casos en que la comprobación hará falta de nuevo: el regreso voluntario a Ucrania por un periodo largo con la posterior baja del registro y la revocación del permiso (sección II), y la solicitud en otro país, distinto de aquel en el que entraste en la UE y pediste protección (sección III); en detalle, en nuestra segunda guía sobre el cambio de país de protección temporal.
El sello de salida: qué es y por qué puede no existir
El sello de salida es la marca de los guardias de frontera ucranianos en el pasaporte sobre el cruce de la frontera al salir. Para España, según el FAQ de la Comisión Europea, es la prueba de primer nivel: muestra que las autoridades ucranianas te dejaron salir cumpliendo las reglas vigentes en el momento de la salida. La comprobación de esas reglas la hacen precisamente las autoridades ucranianas según el derecho ucraniano; el FAQ remite al decreto de ley marcial, a las leyes de movilización y del régimen jurídico de la ley marcial y a las Reglas para el cruce de la frontera estatal (resolución del Gabinete de Ministros n.º 57 de 27 de enero de 1995).
Dos conclusiones prácticas del FAQ:
- Puede no haber sello en absoluto. Los pasaportes sistemáticamente no se sellan. Si aún estás en Ucrania y planeas solicitar en un país que no limita con Ucrania, pide el sello en la frontera.
- Sello antiguo: explícalo o pasa al segundo nivel. La regla «no anterior a 90 días» admite circunstancias excepcionales; cuáles exactamente y cómo las valora España no está descrito en ningún sitio.
Cómo es el sello, en qué pasaporte se estampa y si se puede obtener con efecto retroactivo son preguntas para el Servicio Estatal de Guardia de Fronteras de Ucrania; en esta comprobación no estudiamos páginas oficiales al respecto y no afirmamos nada.
Reserv+ y eVOD: qué son en realidad
Según la página oficial del Ministerio de Defensa de Ucrania, Reserv+ es una aplicación móvil «para reclutas, personas obligadas al servicio militar y reservistas», un gabinete electrónico que muestra los datos del registro Oberih. Lo que importa para la solicitud en España:
- El documento electrónico de registro militar (eVOD) es «el equivalente digital completo de la cartilla militar» y tiene «la misma validez jurídica que el documento en papel»; los órganos autorizados lo comprueban mediante el código QR. En el eVOD se ven: nombre completo, fecha de nacimiento, RNOKPP (número fiscal), TCK (centro de reclutamiento), categoría de registro, estado de prórroga / reserva, datos de la VLK (comisión médica), grado, VOS (especialidad militar).
- La copia impresa no es un documento oficial. «El PDF se puede descargar e imprimir. La copia en papel no es un documento oficial: la vigencia se comprueba mediante el código QR». Esto discrepa del FAQ de la Comisión Europea, donde el documento se admite «en papel o en formato electrónico». No elegimos: lleva tanto la aplicación en el teléfono como la copia impresa.
- El acceso es solo mediante BankID de bancos ucranianos; sin cuenta en un banco asociado no se puede entrar.
- Solo pueden inscribirse en el registro a través de la aplicación los hombres de 16-59 años con un documento biométrico válido que nunca antes hayan estado inscritos. Una mujer o un hombre mayor de 59 no se inscribirán a través de la aplicación, y no tendrán documento de Reserv+.
- Estados que se ven en el documento: «Виключено з обліку» (excluido del registro) se asigna a los no aptos para el servicio militar según el dictamen de la VLK y a quienes han alcanzado la edad máxima de permanencia en el registro: «a estos ciudadanos no se les aplican las reglas sobre las personas obligadas al servicio militar»; «Знято з обліку» (dado de baja del registro) corresponde a los militares incorporados a la reserva operativa y a una serie de otras categorías; la prórroga se puede tramitar en línea.
Ni la Decisión ni el FAQ hacen obligatorio Reserv+: es un ejemplo («tal como») de documento fácilmente verificable. Pero para una persona sin sello reciente es en la práctica el documento oficial más accesible con los datos que exige el FAQ, si es que lo tiene.
Edad y sexo: qué se dice y qué no
En la Decisión no hay umbral de edad ni de sexo: el artículo 2 habla de «personas», el considerando 20 de obligaciones militares «con independencia de la edad o el género». La fórmula «hombres de 23-60» no sale del acto de la UE, sino de las reglas ucranianas de salida. Las Reglas para el cruce de la frontera (resolución del Gabinete de Ministros n.º 57, redacción de 16 de julio de 2026) formulan las restricciones precisamente para los «ciudadanos de Ucrania de sexo masculino»: el punto 2-19 saca de las restricciones a los hombres de 18-22 años inclusive, el punto 2-6 da derecho a salir a «otras personas obligadas al servicio militar que no están sujetas a reclutamiento» si constan sus datos en el registro o tienen un documento electrónico de registro militar válido, y los puntos 2-1 y 2-2 enumeran las categorías por discapacidad, cuidado y acompañamiento de niños.
Respuesta a la pregunta más frecuente: la chica de 20 años
No existe un requisito aparte de «certificado de no estar obligada al servicio militar» para las mujeres ni en la Decisión ni en el FAQ. La lógica de la comprobación es la misma para todos: si hay un sello de salida reciente, es el primer nivel y según el FAQ no hay que demostrar nada más. Si no hay sello o es antiguo, es el segundo nivel, es decir, un documento oficial de exención. A través de la aplicación Reserv+ solo se inscriben hombres, así que una mujer que nunca ha estado en el registro militar no tendrá extracto de Reserv+. Qué documento acepta España en esa situación no está publicado oficialmente: pregunta en el CREADE o en la comisaría antes de presentar la solicitud. Si una mujer concreta está inscrita en el registro militar es una cuestión de la legislación ucraniana que aquí no analizamos.
Qué ha publicado España (comprobado el 17 de octubre de 2026)
En resumen: una frase y ni una sola lista de documentos.
- Ucrania Urgente, página «Protección temporal»: «A partir de agosto de 2026 se introduce el requisito de que las personas que solicitan protección temporal deben justificar el cumplimiento de las obligaciones militares impuestas por Ucrania, o la exención de las mismas, para obtener una resolución favorable de protección temporal». No hay lista de documentos. La versión ucraniana de la misma página no contiene esta frase en absoluto: lee la española.
- Ucrania Urgente, «Trámites y documentos»: la lista de documentos es la de antes: pasaporte, documento de identidad o documento de viaje; documentos de parentesco para la familia; para los nacionales de terceros países, acreditación de la imposibilidad de regresar en condiciones seguras. Sobre las obligaciones militares, ni una palabra.
- Ucrania Urgente, FAQ (PDF, edición de mayo de 2026): escrito antes de la nueva condición; las palabras «militar» o «Reserv» no aparecen en él.
- Ministerio del Interior, «Presentación de la solicitud»: los documentos son los de identidad y de viaje, la acreditación de los vínculos familiares y «otra información relevante para acreditar el cumplimiento de los requisitos»; la obligación del solicitante es «colaborar con las autoridades españolas en la comprobación de todas las circunstancias relevantes para la concesión de la protección». Es una fórmula general en la que la nueva condición encaja sin un acto aparte.
- Orden PCM/169/2022, artículo 2.3: en la presentación se aporta «toda la documentación que acredite la pertenencia al colectivo» al que se aplica el régimen. La misma fórmula general.
- Ministerio del Interior, «Normativa básica reguladora»: enumera solo los actos de 2022: la Decisión 2022/382, el acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2022 y la Orden PCM/169/2022.
- BOE: recorrimos los sumarios diarios del 31 de julio al 17 de octubre de 2026 a través de los datos abiertos del BOE (una consulta de control sobre el número del 17 de febrero de 2026 encuentra la Orden INT/96/2026 de prórroga de las TIE). No hay actos sobre protección temporal en ese periodo; la única coincidencia es un anuncio de contrato de servicios de interpretación y traducción en los procedimientos de protección internacional y temporal (BOE-B-2026-29111 de 8 de septiembre de 2026), que no es una norma.
- La Embajada de Ucrania en España comunicó el 12 de agosto de 2026 que, «en relación con las numerosas consultas de los ciudadanos», había dirigido una solicitud oficial a la parte española pidiendo aclarar «el procedimiento de aplicación de la citada Decisión de la UE» y la lista de documentos, y que publicaría la respuesta. A 17 de octubre de 2026 no encontramos en la web de la embajada ninguna publicación con la respuesta.
De aquí se deriva la regla práctica principal de esta guía: lo que te exijan en tu CREADE o comisaría lo determina la práctica de la oficina, no una instrucción publicada. Llama y pregunta con antelación con qué documentos presentarte; si la respuesta discrepa de los actos de la UE, anota quién te dijo qué.
Paso a paso: qué hacer antes de presentar la solicitud
Determina si la comprobación te afecta
La comprobación afecta a los nuevos solicitantes desde el 5 de agosto de 2026. No afecta a quienes tenían la protección en España el 4 de agosto de 2026 inclusive y la mantienen de forma ininterrumpida (artículo 2 de la Decisión, redacción corregida) ni, según el FAQ de la Comisión Europea, a quienes presentaron la solicitud antes de esa fecha y esperan resolución. La protección en otro país de la UE no da excepción: en España eres un nuevo solicitante.
Comprueba el sello de salida en tu pasaporte
Busca la marca de salida de los guardias de frontera ucranianos y mira la fecha. Si solicitas dentro de los 90 días desde esa fecha, según el FAQ de la Comisión Europea debería bastar. Si es más tarde, prepárate para explicar las circunstancias (billetes, documentos médicos, cualquier cosa que muestre por qué no solicitaste antes) y lleva un documento de segundo nivel.
Si no hay sello o es antiguo: documento de exención
Documento oficial de exención de las obligaciones militares o de su cumplimiento con nombre, apellido, fecha de nacimiento, el hecho y el plazo de la exención. Para los hombres inscritos en el registro es el eVOD en Reserv+: comprueba en la aplicación el estado de prórroga, de reserva o «Виключено з обліку». Pide una traducción jurada al español o al inglés a través de los órganos de Ucrania o del consulado. Lleva tanto el teléfono con la aplicación como la copia impresa.
Llama y pide cita
Cataluña: CREADE de Barcelona +34 93 238 21 99, lun-vie de 8 a 15 (la página de los centros CREADE indica 8:30-15:00), Calle de Sant Fructuós 78-80, 08004 Barcelona; el centro da la cita para la policía. Madrid: CREADE de Pozuelo de Alarcón +34 666 800 194, lun-vie 9-17. Málaga: +34 628 216 478, lun-vie 8-18. Línea de información del ministerio: +34 91 399 00 09. En el resto de provincias, la comisaría de la Policía Nacional de la lista de Ucrania Urgente. Al llamar, pregunta directamente qué documentos sobre las obligaciones militares hacen falta y si aceptarán el tuyo.
Presenta la solicitud en persona
La solicitud se presenta en persona ante los funcionarios de la Policía Nacional en el CREADE o en la comisaría designada con toda la documentación (Orden PCM/169/2022, artículos 2.2-2.3). Te toman las huellas y te entregan el resguardo con el NIE asignado (artículo 2.5); la resolución se dicta en un plazo de hasta 24 horas (artículo 5.3). Qué pasa después (TIE, sistema de acogida, trabajo) está en la guía «Protección temporal en España 2026: cómo solicitarla».
Errores frecuentes
- Considerar obligatorio Reserv+. En los actos de la UE es un ejemplo de documento de segundo nivel; el primer nivel es el sello de salida.
- Creer que las mujeres necesitan un certificado aparte. No hay tal requisito en las fuentes; hay una lógica general de dos niveles.
- Solicitar con un sello de más de 90 días y sin explicaciones. El plazo es «por regla general»; lleva lo que explique el retraso y un documento de segundo nivel.
- Ir a solicitar a España con la protección vigente en Polonia. La excepción del artículo 2 no se aplica a España, y el preámbulo de la Decisión manda rechazar las solicitudes de quienes ya tienen un permiso en otro país; mira la guía sobre el cambio de país.
- Citar la fecha del 31 de julio de 2026. Tras la corrección de 5 de agosto de 2026, el artículo 2 se aplica desde el 5 de agosto y la excepción está vinculada al 4 de agosto de 2026.
- Creer los mensajes sobre «denegaciones masivas sin Reserv+». A 17 de octubre de 2026 no hemos encontrado ni una sola fuente oficial que confirme esa práctica; eso no significa que una oficina concreta no pueda exigirlo, y por eso hay que llamar con antelación.
Qué no afirmamos
- Qué documentos acepta un CREADE o una comisaría concretos: no hay instrucción española publicada y no hemos comprobado la práctica de las oficinas.
- Quién exactamente según el derecho ucraniano está exento de las obligaciones militares o inscrito en el registro: es legislación ucraniana; aquí citamos solo lo que dicen las Reglas para el cruce de la frontera y la página oficial de Reserv+.
- Cómo obtener el sello de salida con efecto retroactivo o un certificado de cruce de frontera: pregunta para el Servicio Estatal de Guardia de Fronteras y el consulado de Ucrania.
- Cómo aplica España el plazo de 90 días y las «circunstancias excepcionales»: no hay aclaraciones españolas.
- El resultado de tu caso. Lo resuelve la OAR con tus documentos.
Esta guía tiene carácter informativo y no es asesoramiento jurídico; las normas y la práctica cambian: consulta las fuentes primarias (la Decisión (UE) 2026/1912 y su corrección en el BOE, el FAQ de la Comisión Europea sobre la comprobación, Ucrania Urgente, la página de Reserv+ del Ministerio de Defensa de Ucrania) y, en un caso complejo, acude a un abogado. Datos comprobados en las fuentes primarias: 17 de octubre de 2026. En nuestro directorio verificado puedes encontrar abogados de extranjería que hablan ruso y ucraniano.