Expato

CALCULADORA

Calculadora Ley Beckham 2026

Comprueba tu elegibilidad para el régimen especial para trabajadores desplazados a España (art. 93 de la Ley del IRPF) y estima el ahorro aproximado sobre tus rendimientos del trabajo.

Comprobación de requisitos (art. 93.1 Ley del IRPF)

No cumples: el régimen solo se aplica si el propio desplazamiento te convierte en residente fiscal en España (art. 93.1, párrafo primero). Según el art. 9 de la Ley del IRPF, eso significa más de 183 días del año natural en España, o el núcleo principal de tus intereses económicos en España. Si te quedas por debajo — o un convenio de doble imposición te mantiene como residente en otro país — sigues siendo no residente y este régimen no te aplica. Si tu caso está en el límite, consúltalo con un gestor antes de decidir.

Solo una estimación de referencia para rendimientos del trabajo con el tipo fijo 24%/47% (art. 93.2.e.1º Ley del IRPF, sin cambios para 2026) frente a una escala IRPF ordinaria SIMPLIFICADA (escala estatal ×2 como referencia orientativa — la escala autonómica real de tu comunidad difiere, p. ej. Madrid es más baja, Cataluña/C. Valenciana más alta; incluye solo el mínimo personal BÁSICO — 5.550€, art. 57.1 — SIN los mínimos superiores por edad/discapacidad/familia, que reducirían aún más la cifra del IRPF ordinario para quienes tienen derecho a ellos). Incluye, en el lado del IRPF ordinario, la deducción general de 2.000€ por gastos y una cotización de trabajador ESPAÑOLA a la Seguridad Social: el 6,5% hasta la base máxima más la parte del trabajador de la cotización adicional de solidaridad por encima de ella (art. 19 bis LGSS, tipos de 2026 según la Orden PJC/297/2026, art. 17), y la reducción del art. 20 por obtención de rendimientos del trabajo (escala del RD-ley 4/2024), que deja el IRPF ordinario en cero por debajo de ~15.900 € brutos y se agota en 21.120 € — ⚠️ el art. 20 exige además no tener rentas distintas de las del trabajo, excluidas las exentas, superiores a 6.500 €/año, y como esta herramienta solo pregunta por los rendimientos del trabajo, asume que no las tienes — ⚠️ si eres un trabajador desplazado que sigue cubierto por la Seguridad Social de TU PAÍS de origen (p. ej. con el formulario A1), esta cifra es ficticia para ti y la comparación del IRPF ordinario no es fiable. NO incluye: la deducción de la DA 61ª por obtención de rendimientos del trabajo, que se resta de la cuota (590,89 € para 2026, agotándose en 20.048,45 €), por lo que entre ~15.900 € y ~20.000 € brutos la cifra ordinaria que ves aquí está sobrestimada en hasta 591 €; la deducción de cotizaciones a la Seguridad Social DENTRO del propio régimen Beckham (cuestión no resuelta por las fuentes primarias, aquí se asume conservadoramente que no), rendimientos de inversión (con el régimen Beckham suelen ser más ventajosos — solo tributan los de fuente española), la prohibición de compensar ganancias y pérdidas entre categorías (art. 93.2.c), los mínimos superiores por edad/discapacidad/familia, ni el Impuesto sobre el Patrimonio. No constituye asesoramiento fiscal ni legal — consulta con un gestor/asesor fiscal antes de decidir.